La bacanal informativa de las sociedades cotizadas
Tribuna escrita por Marina Torres, mánager de ECIJA Madrid, para la Revista AJA.
Desde hace unos años, las compañías se encuentran inmersas en una espiral de obligaciones normativas y recomendaciones sobre la elaboración y difusión de informes y otros documentos sobre todo tipo de cuestiones que les afectan.
Tal y como señala la CNMV en su Guía explicativa Cómo invertir en bolsa, «para que el mercado pueda asignar precios objetivos de forma eficiente, la información es clave». Así, entre las funciones que la Ley de los Mercados de Valores atribuye a la CNMV está la de “velar por la transparencia de los mercados de valores […], promoviendo la difusión de cuanta información sea necesaria para asegurar la consecución de esos fines”.
Tras un primer periodo en el que se asentaron los documentos contables y financieros, se ha ido sucediendo la aprobación de distintas obligaciones de información no financiera relativa a las compañías. Esto se ha acrecentado recientemente con las obligaciones de reporte en materia de sostenibilidad.
A modo de ejemplo, una sociedad cotizada española debe elaborar y publicar al cierre del ejercicio, además de las cuentas anuales, un informe anual de gobierno corporativo en el que se incluye, entre otra, información sobre gobernanza, riesgos, operaciones vinculadas y remuneraciones de consejeros. Esta información también se recoge, con mayor o menor alcance, en alguno o todos de los siguientes informes: informe de gestión, estado de información no financiera (a partir de 2025, denominado informe sobre sostenibilidad) e informe anual sobre remuneraciones de los consejeros. A su vez, estos dos últimos informes y el de gobierno corporativo forman parte del informe de gestión, y parte de su información se recoge además en la propia memoria de las cuentas anuales. Asimismo, es una recomendación de buen gobierno de la CNMV el elaborar y publicar informes anuales de operaciones vinculadas y funcionamiento de las comisiones del consejo, que incluyen información que debe recogerse también en los informes mencionados, en particular, en el informe anual de gobierno corporativo.
Y todo lo anterior sin entrar en las obligaciones y recomendaciones adicionales establecidas para compañías pertenecientes a determinados sectores regulados…
Toda esta maraña documental genera confusión entre los destinatarios de la información. De un lado, en ocasiones se incluyen remisiones de unos documentos a otros, o determinadas materias se tratan parcialmente en uno u otro documento, o bien se exponen en varios de ellos de distinta manera. De otro, supone una carga desproporcionada de obligaciones de reporte para los equipos internos de las compañías, teniendo en cuenta, además, que deben enfrentarse a la mayoría de dichas obligaciones en un único y breve plazo tras el cierre del ejercicio social.