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16 abril, 2023
España

La Ley 3/2023, de 30 de marzo, de economía circular de Andalucía

Tribuna de Jaime Peñarrubia, abogado de ECIJA, para Residuos Profesional

La LECA pretende sentar las bases para un desarrollo sostenible que haga compatible el crecimiento económico con una utilización adecuada de los recursos naturales.

La Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía (LECA) acaba de ser publicada en el BOJA núm. 67 DE 11 de abril 2023.

La LECA trata de crear un marco normativo adecuado para el desarrollo de la economía circular en Andalucía, estableciendo las bases fundamentales que aborden la transición hacia un nuevo modelo de crecimiento sostenible y de protección ambiental, más eficiente en el uso de los recursos, en el cual el valor de los productos y los materiales se mantenga en la economía durante el mayor tiempo posible y en el que se reduzca al mínimo la generación de residuos.

Se pretende sentar las bases para poder seguir creciendo, pero dentro de un desarrollo sostenible que haga compatible este crecimiento económico con una utilización adecuada de los recursos naturales existentes, habida cuenta su agotamiento, la degradación de los entornos como consecuencia de la acumulación de residuos y el deterioro medioambiental derivado de la cultura de usar y tirar.

El contenido de esta Ley se estructura en una exposición de motivos, un total de 94 artículos divididos en siete títulos, seis disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y quince disposiciones finales. Además de respetar el Derecho internacional, comunitario y estatal, incorpora al marco normativo andaluz preceptos novedosos de ámbito comunitario no transpuestos aún por la legislación estatal. Esta legislación tiene un papel pionero en tratar, con carácter integral y de forma proactiva, los requerimientos de la economía circular. Se establece un modelo basado en tres pilares fundamentales: la empresa, como eje vertebrador; la sociedad, como motor de cambio; y la Administración, como fuerza impulsora y facilitadora.

Se apuntalan con esta ley los pilares necesarios para un cambio de paradigma, de forma que el desarrollo sea concebido desde una perspectiva económica y medioambientalmente sostenible, siendo el papel de la administración autonómica y de las entidades locales fundamental para apoyar esta transición en materia de regulación y planificación respecto a la gestión de los residuos, información y sensibilización de las personas usuarias y fomento de la simbiosis industrial, y como incentivo del consumo responsable a través de la compra pública ecológica o el desarrollo de instrumentos económicos, entre otros aspectos.

Con esta ley se pretende poner los recursos y las oportunidades de la economía circular al alcance de toda la sociedad, convirtiéndose en una oportunidad estratégica y una ventaja competitiva capaz de impulsar la creación de puestos de trabajo sostenibles e innovadores y reducir la dependencia exterior en lo referente a fuentes de energía, materias primas y mercancías, convirtiendo así la Ley en una pieza importante para el desarrollo y progreso de Andalucía.

Por matizar algunas de las novedades más notables de esta nueva norma, cabe destacar la introducción del concepto (arts. 3 y 4) de “economía circular”, entendiendo por tal el sistema económico en el que el valor de los productos, materiales y demás recursos de la economía dura el mayor tiempo posible, potenciando su uso eficiente en la producción y el consumo, reduciendo de este modo el impacto medioambiental de su uso y reduciendo al mínimo los residuos y la liberación de sustancias peligrosas en todas las fases del ciclo de vida, en su caso mediante la aplicación de la jerarquía de residuos. Esta reseña en la LECA es de una gran importancia, porque pese a ser una norma de alcance meramente autonómico, es un concepto que se incorpora al ordenamiento jurídico nacional y que lo afianza desde un punto de vista doctrinal y práctico, haciendo que quienes trataban de hacer de menos a la economía circular, negando que fuera algo concreto, se queden sin argumentos ante una realidad palpable, que es un hecho. Por supuesto es muy notable que se defina también el “desperdicio alimentario”, la “etiqueta ecológica de la UE”, la “economía de la funcionalidad” o el recordatorio de que “quien contamina paga”.

Otra novedad es la creación de la Oficina andaluza de economía circular (art.7), incorporando una medida para favorecer la implantación de proyectos empresariales de economía circular que podrán ser declarados de interés estratégico por el Decreto 4/2019. Además, estos proyectos, que se gestionarán a través de esta oficina, contarán con una tramitación prioritaria y se beneficiarán de una reducción de los requisitos exigidos. Además, la Junta de Andalucía destinará en 2023 casi 43 millones de euros a la economía circular y a la gestión de residuos. En concreto, ha detallado que casi 24 millones están consignados para la implantación del contenedor marrón y la mejora de instalaciones de tratamientos de residuos, a través de subvenciones para las entidades locales, y otros 18 millones, para nuevas infraestructuras como la construcción de puntos limpios y sellados de vertederos.

Por otro lado, la LECA recoge la creación de un Registro Público Andaluz Voluntario (art. 14) que se pondrá a disposición de cualquiera que quiera consultar el ciclo de vida de cada proceso de economía circular e incorpora el Centro de Innovación Digital como un espacio para que instituciones públicas y empresas den impulso a la investigación, innovación y a las prácticas de economía circular en el sector privado.

La LECA impone unos plazos para la implantación de la circularidad en las aguas, la implantación de sistemas digitales de gestión de los recursos hídricos y las infraestructuras hidráulicas que permitan una gestión eficiente y transparente, así como un adecuado control por parte de las Administraciones competentes, serán de aplicación en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la norma en cuestión. En lo referente a la contratación pública ecológica, deberá llevarse a cabo en el plazo de un año desde su entrada en vigor. Por último, cabe comentar, que respecto a las medidas relativas a los requisitos de seguridad en puntos limpios fijos que reciban residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, serán de aplicación en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la norma en cuestión.

Esta nueva ley trata de impulsar en los procesos de producción (art. 22), que se incluya por parte de las entidades productoras de bienes y productos la circularidad tanto en el diseño y uso de los bienes como en la forma y métodos empleados para su producción. Del mismo modo, dice la LECA que se impulsará la adopción de métodos de reciclaje y reutilización que en su proceso de transformación de los residuos en productos reutilizables empleen mecanismos de ahorro energético, uso de fuentes de energía renovables y ahorren agua o empleen agua regenerada. Es de destacar que se considerarán actividades prioritarias aquellos proyectos de economía circular basados en el ecodiseño, la ecoproducción de bienes, la ecoprestación de servicios, la reutilización de productos y sus componentes, el uso de subproductos, la simbiosis industrial, la valorización de residuos, la modificación del sistema de producción hacia una economía de la funcionalidad y de servicio, la modificación de la forma de consumo hacia un consumo responsable y sostenible, y por último, la promoción y aplicación de la circularidad en las cadenas de valor de productos clave.

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