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31 mayo, 2024
Barcelona

La Sagrada Familia y los terrenos afectados de zona verde que condicionan la finalización de las obras del Templo

Artículo de Jordi Bonet, Socio de sostenibilidad y medio ambiente y mercantil/ fusiones y adquisiones

Una vez más, los medios de comunicación se han hecho eco de la polémica en torno a las obras de finalización del Templo Expiatorio de la Sagrada Familia y la disposición necesaria de los terrenos para la materialización del paseo central de las islas afectadas de “zona de transformación de uso a zona verde” (clave 17/6) por el vigente Plan General Metropolitano de Barcelona de 14/07/1976 (PGM), cuya realización permitirá visualizar la obra diseñada por el arquitecto Antoni Gaudí desde una perspectiva creciente incomparable y dotar al barrio de un espacio libre potente e imprescindible en un entorno excesivamente densificado.

El comportamiento del Ayuntamiento de Barcelona al respecto no ha sido ejemplar desde hace muchos años. En parte, probablemente por las características de la obra y la significación del Templo no compartidas a pesar del gran número de visitantes y técnicos de todo el mundo que lo admiran hasta el punto de haber sido declarado en nuestro país como bien cultural de interés nacional (BCIN) y patrimonio cultural de la humanidad por la UNESCO.

Con diferentes altibajos, esta actitud de recelo aún se observa ante la falta de criterio sobre cómo resolver el encaje urbanístico del encuentro de la fachada de la Gloria con el puente que debe sobrevolar la calle Mallorca y proseguir a través de unas escalinatas por la zona verde central, de 60 metros de ancho, hasta la calle Aragón, también pospuesta por el Plan Especial de Ordenación Integral del Templo de la Sagrada Familia aprobado el 22/02/2019. Esto es lo que ha venido sucediendo en el pasado a través de decisiones diversas, como:

  • Autorizando la construcción de edificios de viviendas en terrenos colindantes en contra de las previsiones del proyecto del Templo,
  • Participando en la decisión de ADIF que forzó la ejecución del túnel del AVE por el subsuelo de la calle Mallorca con el riesgo de desestabilizar los cimientos del Templo, y
  • Otorgando la licencia de obras largamente cuestionada sin abarcar los elementos que sobresalen de la vertical del límite de la calle Mallorca, a cambio de una aportación dineraria singular por la Fundación de la Junta Constructora del Templo de la Sagrada Familia (36 millones de euros en 10 años), objeto de un convenio de colaboración con el Ayuntamiento de 18/10/2018 jurídicamente irregular y contrario a aquel pasaje del Evangelio de “no convertir en mercado la casa de mi padre” (Juan 2,13-22).

Entre aquellas autorizaciones destaca la licencia de obras de la finca de la calle Mallorca 414 promovida por la constructora Núñez y Navarro en época del alcalde Viola, quien manifestó a los representantes de la Junta Constructora del Templo, que lo habían visitado para trasladarle la preocupación de que fuese otorgada, que ya la había firmado de acuerdo con el informe favorable del servicio municipal e indicando con la mano el gesto del egipcio para hacer entender que alguien había cobrado para lograr el efecto. Así me lo contaron mi padre y abuelo presentes en aquel encuentro.

Según declaraciones recogidas por algún medio, la teniente de alcalde de urbanismo del Ayuntamiento, la Sra. Laia Bonet, se ha comprometido a garantizar el acceso a la vivienda a los vecinos afectados que deben ser reubicados sin decir cómo ni dónde, añadiendo que las expropiaciones a realizar serán a cargo de la Junta Constructora del Templo de la Sagrada Familia atribuyéndole incorrectamente la condición de beneficiaria, como si fuese responsable de la situación de los vecinos que seguramente conocían la afectación sobre sus fincas cuando las adquirieron.

Cabe tener en cuenta también que la condición de beneficiaria tiene consecuencias no únicamente de asunción de los costos de la expropiación, sino de privatización del espacio libre de vocación pública con la carga complementaria para la Junta Constructora de su urbanización y mantenimiento.

Francamente, no es esta la manera de afrontar el problema que el Ayuntamiento ha creado en perjuicio también de los vecinos afectados que esperan una solución que ponga fin a la situación de transitoriedad en la que se encuentran.

Corresponde al Ayuntamiento programar de una vez la adquisición del terreno para destinarlo a zona verde, bien ejerciendo la potestad expropiatoria que dispone y que la Junta Constructora no puede tener, ni como beneficiaria al no tenerla reconocida legalmente, o bien mediante un proceso de reparcelación previa delimitación de un polígono de actuación urbanística sin menospreciar la superficie de zona verde prevista en el PGM que debe dar continuidad a las escalinatas de acceso a la puerta principal del Templo de la Sagrada Familia. Lo anterior no excluye la capacidad de iniciativa de la Junta Constructora para instar la programación oportuna al Ayuntamiento a través de la comisión de trabajo contemplada en el convenio de colaboración antes mencionado.

Aún estamos a tiempo de hacer bien las cosas.

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