Sala de Prensa

3 septiembre, 2018

Nota informativa: Ley 6/2018 del Cine de Andalucía

Madrid, 4 septiembre 2018

El objeto de la presente nota informativa es el análisis de la reciente publicación en el BOE de la Ley 6/2018 del Cine de Andalucía.

La Junta de Andalucía aborda por primera vez el establecimiento de un marco jurídico regulador de la actividad cinematográfica y de producción audiovisual, con la finalidad de fortalecerla e impulsar su desarrollo. Todo ello, desde el convencimiento de que el cine necesita de una infraestructura industrial sólida que le permita evolucionar en el tiempo, innovar y ofrecer productos de calidad que interesen al público y hagan que dicha industria pueda seguir creciendo y siendo cada vez más competitiva.

Es relevante precisar que la Ley andaluza establece una base jurídica, que tendrá que ser concretada a través de un Reglamento un plazo de18 meses.

  • ÁMBITO DE APLICACIÓN

(i)        ¿Quiénes son los sujetos y proyectos que podrán acogerse a las ayudas?

 

  • Personas físicas residentes en Andalucía
  • Personas jurídicas españolas o de otros Estados miembros de la UE y del Espacio Económico Europeo establecidas en Andalucía que desarrollen actividades propias de la industria cinematográfica y de la producción audiovisual, así como de las industrias técnicas relacionadas.
  • Se excluyen expresamente los servicios de comunicación audiovisual, así como las obras de contenido publicitario, calificación X o las financiadas íntegramente por las Administraciones públicas.

De forma general, las ayudas que se convoquen con posterioridad para desarrollar las bases establecidas en la Ley, deberán valorar los siguientes criterios: relevancia cultural de la obra, consecución de la igualdad de género, valoración de las inversiones y gastos directamente resultantes del proyecto y posibilidad de creación de empleo en Andalucía.

  • RECURSOS DESTINADOS A SATISFACER LAS AYUDAS

 

  • ¿Qué tipos de recursos se destinan?

La previsión presupuestaria inicial para estas ayudas es de 48,7 millones de euros hasta el año 2022 por parte de la Consejería de Cultura.

La Ley prevé el establecimiento de la llamada Estrategia andaluza para el impulso del sector cinematográfico y de producción, como instrumento para coordinar las políticas públicas en este ámbito. La Estrategia responderá como mínimo a los siguientes objetivos:

  • La segmentación de actividades, productos y formatos que pueden beneficiarse
  • La naturaleza, cuantía y origen de los recursos públicos destinados
  • Mecanismos de evaluación
  • Programas y proyectos donde intervengan otras consejerías para mejorar la coordinación
  • Medidas de igualdad y paridad
  • Incentivo de la marca andaluza

 

  • TIPOS DE AYUDAS ECONÓMICAS QUE SE REGULAN EN LA LEY

(i)          Ayudas públicas a la creación, desarrollo y producción cinematográfica y audiovisual

La Ley apunta que se podrán establecer ayudas destinadas a la creación, desarrollo y producción de obras audiovisuales, incluida la escritura de guiones. En particular, se pretende conceder subvenciones a la producción de cortometrajes, géneros de nuevos lenguajes y formatos, incluidas las obras de carácter interactivo.

Estas ayudas deberán poder contribuir al presupuesto total de la obra audiovisual, por lo que no podrán ser destinadas a partes específicas del presupuesto.

Los criterios para valorar los proyectos serán los siguientes:

  • El valor artístico y cultural
  • La vinculación del proyecto con la realidad y diversidad social, histórica geográfica o cultural de Andalucía.
  • La inversión de recursos y el gasto previsto en Andalucía
  • El previsible rendimiento económico a obtener y su presencia en canales de difusión
  • La capacidad de proyección internacional
  • La contribución a las políticas de fomento de la igualdad de género y otras vinculadas a la promoción y defensa de los derechos humanos y constitucionales
  • La previsión del empleo
  • Los proyectos que favorezcan el I+D+i
  • Los proyectos creados por mujeres o que representen la situación real de las mujeres

No sé podrá concurrir a dichas ayudas hasta que las mismas no sean concretizadas a través de convocatoria oficial.

  • Ayudas a la distribución

El texto legal contempla la creación de ayudas a la distribución, cuyas bases serán establecidas con posterioridad. Los criterios para su concesión serán los siguientes:

  1. El ámbito territorial en el que se vayan a distribuir.
  2. La incorporación de nuevos canales y tecnologías en la distribución y las medidas que faciliten el acceso a las películas para las personas con discapacidad.
  3. El fortalecimiento de la competitividad de la entidad solicitante.
  4. Promoción histórica y cultural de Andalucía
  • Ayudas a la promoción y apoyo a la presencia en mercados nacionales e internacionales

La Consejería de Cultura se compromete a facilitar y promover la presencia de obras producidas total o parcialmente en Andalucía en festivales, eventos, mercados nacionales e internacionales, así como a fomentar la identidad “Andalucía de cine”. Las ayudas que se establezcan en este ámbito, sus beneficiarios y requisitos, se concretarán con posterioridad.

La Consejería se compromete a buscar acuerdos en la UE para favorecer la internacionalización de las producciones y coproducciones andaluzas y su visionado en otros países del continente.

  • Ayudas al rodaje de obras cinematográficas y audiovisuales

La Junta de Andalucía fomentará la atracción de rodajes cinematográficos y audiovisuales, promoviendo una comunicación entre entidades públicas y privadas, y pudiendo establecerse ayudas destinadas a la mejor difusión internacional de las oportunidades de rodaje en Andalucía. En este sentido, se contempla la simplificación de trámites y se fomenta la creación de instalaciones técnicas y artísticas en la región.

  • Ayudas a la promoción de festivales

La ley contempla la promoción de los diferentes festivales andaluces de cine, así como la creación de redes de trabajo, nacionales e internacionales, con el objetivo de obtener nuevos públicos.

Para dar apoyo a este objetivo, se establecerán ayudas económicas para los festivales que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Contar con jurados paritarios
  • Celebrarse dentro del territorio de Andalucía
  • Tener por objeto producciones andaluzas

 

  • Ayudas de accesibilidad por razón de discapacidad y a salas de cine

Se pretende favorecer que las personas en situación de discapacidad puedan mejorar el uso que hacen los medios audiovisuales. Para conseguir dicho objetivo, podrán establecerse ayudas para la incorporación de sistemas de audiodescripción para personas con discapacidad visual o auditiva, así como para la incorporación laboral de las mismas en el mercado audiovisual.

Respecto de las salas de cine, se apuesta por establecer ayudas para mejorar la proyección digital.

 

  • Incentivos a las asociaciones del sector del cine y del audiovisual

Se prevén ayudas tanto para favorecer el desarrollo de su actividad colectiva como para promover su interlocución con los poderes públicos. Además, podrán concederse subvenciones específicas a proyectos que involucren a productores y cineastas andaluces.

 

  • EL REGISTRO ANDALUZ DE EMPRESAS CINEMATOGRÁFICAS Y PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL

 

Esta Ley, además de concretar las ayudas anteriores, crea un Registro administrativo público. En él deberán inscribirse:

  • Las autorizaciones de apertura de salas X
  • Las personas titulares de salas de cine, tengan o no forma empresarial
  • Las personas físicas o jurídicas que sean titulares de empresas relacionadas con la industria cinematográfica y de producción audiovisual, con alguna de las siguientes finalidades: solicitar la calificación o el certificado de nacionalidad de una obra cinematográfica, acreditar su inscripción en algún procedimiento ante cualquier Administración pública, (cuando dicha Administración no cuente con registro de empresas cinematográficas y audiovisuales propio) y ejercitar cuantos otros derechos y obligaciones estén previstos en la normativa.

 

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