Sala de Prensa

4 enero, 2024
Costa Rica

Obligaciones corporativas y tributarias 2024

Con el fin de iniciar el 2024 en cumplimiento de todas las obligaciones corporativas y tributarias que la ley costarricense impone, les recordamos los pagos que deben cumplir sus sociedades y propiedades.

Impuesto a las Personas Jurídicas

El impuesto a las personas jurídicas es una obligación que deben cumplir todas las sociedades activas e inactivas en el mes de enero de cada año ante el Ministerio de Hacienda. El monto del impuesto varía dependiendo de si la sociedad es activa o inactiva y el monto de renta bruta que reporta.  La fecha límite para dicho pago es el 31 de enero para evitar intereses por mora y multas. El Registro Público Nacional no emitirá personerías de la sociedad que no hay pagado dicho impuesto ni tampoco inscribirá documento alguno relacionado con la misma. Es importante recordar que la falta del pago de este impuesto por tres años consecutivos provocará la disolución de oficio de la sociedad.

Declaración de Transparencia y Beneficiarios Finales

En abril de cada año se debe presentar la Declaración de Beneficiarios Finales ante el Banco Central. En dicha declaración se reporta quiénes componen la totalidad de los accionistas de la compañía (capital social), y sus beneficiarios finales. Existen multas considerablemente altas por la no presentación de dicha declaración.

Declaración Informativa de Sociedades Inactivas

Si su sociedad se encuentra declarada como inactiva ante la Dirección General de Tributación, porque no realiza actividad económica alguna, debe presentar la Declaración Informativa D195.  En ella se reportan cuáles son sus activos, pasivos y patrimonio a más tardar el 31 de marzo de cada año.

Impuesto sobre bienes inmuebles y tasas municipales

El impuesto sobre bienes inmuebles se devenga por trimestres vencidos a lo largo del año, pero hay descuentos si se paga por adelantado y todo el año o semestralmente.   Este impuesto se paga en la municipalidad donde su propiedad inmueble está localizada.

Las municipalidades también cobran tasas por los servicios que prestan, tales como recolección de basura y reciclaje, limpieza de calles, parques y otros.  Estas tasas pueden ser pagadas trimestralmente o en forma anual.

Impuesto a las Casas de Lujo (Impuesto solidario)

Este impuesto debe ser pagado a más tardar el 15 de enero de cada año.   Unidades residenciales con valores por encima del monto exento están obligadas a pagar el impuesto.  La Dirección General de Tributación no ha anunciado aún el monto exento aplicable para el 2024.  El monto exento del 2023 fue de ¢148.000.000.

Timbre de Educación y Cultura

Este impuesto debe ser pagado por todas las sociedades y sucursales inscritas en Costa Rica, entre febrero a marzo de cada año.   El impuesto se paga a favor de la Dirección General de Tributación.