Sala de Prensa

31 diciembre, 2021

NOTA relativa al Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

Esta nota de urgencia tiene una intención práctica, -considerando que la gran parte de esta reforma ya es vigente-, sin perjuicio de ulteriores estudios de mayor profundidad, sobre aquellos puntos de dicha reforma que sean más conflictivos o dudosos en su forma de aplicación.

 

  1. RESUMEN DEL CONTENIDO DE LA REFORMA.

 

  1. La Negociación Colectiva vuelve a tener un papel central.

 

  1. Los convenios colectivos recuperan la ultraactividad indefinida.

 

  1. El convenio de empresa deja de ser prevalente en materia salarial, evitando las prácticas de devaluación salarial.

 

  1. Se regula la equiparación salarial en los casos de contratas y subcontratas.

 

  1. Desaparece el contrato por obra o servicio.

 

  1. La contratación temporal podrá justificarse por circunstancias de la producción o por sustitución de la persona trabajadora.

 

  1. Se opera un cambio de modelo respecto al contrato formativo que tendrá dos modalidades: formación en alternancia y obtención de la práctica profesional

 

  1. Se rediseñan los desincentivos de los contratos de muy corta duración para reducir la excesiva rotación.

 

  1. Se introducen mecanismos de flexibilidad interna, (E.R.T.E.), con exoneraciones a la Seguridad Social e incentivos a la formación, como alternativa a la temporalidad y para reducir los despidos en momentos de crisis o reconversión, siguiendo el modelo usado durante la pandemia.

 

  1. El Gobierno efectuará una evaluación de los resultados obtenidos por las medidas previstas en enero de 2025.

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