Sala de Prensa

14 abril, 2021

El medio de comunicación «El Financiero» recoge la opinión de Mariela Hernández, socia de las áreas Fiscal, Energía y Recursos Naturales, Dispute Resolution: Litigación y Arbitraje, y Público y Regulatorio de ECIJA Costa Rica.

Los pagos parciales son una de las obligaciones de los sujetos al impuestos a las utilidades. Para aquellos contribuyentes que están sujetos al impuesto a las utilidades, una de las obligaciones que existen son los pagos parciales, que funcionan como anticipos del tributo anual.

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Mariela Hernández