El abaratamiento de la tecnología ha potencializado el uso de las cámaras de grabación en todos los entornos. Edificios, condominios, viviendas particulares, sistemas de vigilancia en la vía pública, drones, y dispositivos instalados en los vehículos o motocicletas graban cada minuto y cada ángulo de nuestra vida, en la mayoría de los casos con la intención de protegernos, pero convirtiéndose en una amenaza a nuestra privacidad.
Cuando estas grabaciones captan imágenes de personas identificadas o identificables, realizan tratamiento de datos personales, que se encuentran regulados por la Ley 8968 de Protección de Datos Personales, que establece reglas para su tratamiento y sanciones en caso de incumplimiento. El uso de estos datos en entornos meramente domésticos o internos, como sería por ejemplo la colocación de cámaras en el interior de nuestra residencia, o la grabación de una fiesta familiar, son excepciones a la aplicación de dicha Ley, en virtud del Artículo 2 de esta.
Continúa leyendo en el siguiente enlace.