Sala de Prensa

30 marzo, 2020

Confilegal recoge la opinión el lunes, 30 de marzo, de Fernando Vizcaíno de Sas, socio de laboral de ECIJA, en su artículo sobre la obligatoriedad por parte de las empresas de actividades no esenciales de ofrecer permisos retributivos recuperables durante el estado de alarma en España por el COVID-19.

Sobre este permiso retributivo recuperableFernando Vizcaíno de Sas, socio de laboral de ECIJA señala que “se trata de una figura nueva que introduce un permiso obligatorio y, además, obligatoriamente recuperable, si bien esa recuperación se deberá pactar entre empresas y trabajadores, bien en negociación directa, bien a través de mecanismos de arbitraje”.

A su juicio “se trata de mantener la misma retribución que en activo y siguiendo de alta en seguridad social, por lo que no es una situación de suspensión del contrato por lo que se ha llegado a comparar con unas vacaciones forzosas”.

“La recuperación se entiende hasta el 30 de diciembre de 2020 y con respeto de los descansos y tiempos máximos de jornada anual que, no podrán rebasarse”, indica Vizcaíno de Sas.

Este jurista destaca que “no afecta, ni a las empresas consideradas esenciales, ni a los servicios de mantenimiento o vigilancia en las empresas (si bien, para estos casos se habrá de acudir a servicios mínimos indispensables)”.

También quedan excluidas “toda actividad que ya venía aplicando medidas de teletrabajo o reducción de jornada y aquellas que tienen su actividad suspendida por la aplicación de un ERTE”.

Vizcaíno de Sas subraya que “al mismo tiempo la norma dejaría abierta la puerta a presentar nuevos ERTE si se dan los supuestos y causas del Real Decreto 8/2020. Es decir, no sustituye esta medida por otras anteriores sino que, hay que entender, es un además”.

Esta norma pretender evitar que se vaya a trabajar para reducir el contagio “pero provoca dos perplejidades la primera que los empresarios estén obligados a pagar el salario completo sin actividad con la promesa de una recuperación futura que la medida no facilita ya que la refiere a una negociación compleja entre partes antagonistas en el resultado”.

La otra cuestión que llama la atención es que “a los trabajadores se les deje sin actividad, aunque cobrando, y se les haga recuperar ese tiempo de parón a costa de horarios que no serían de trabajo en otras circunstancias”.

Para Vizcaíno de Sas esta iniciativa, después de otro Real Decreto Ley, este sábado sobre los ERTE, aclarando algunos términos “suena a algo excesivamente improvisado y falto de una reflexión que va a generar grandes dudas e  interpretaciones de todo tipo y, nos tememos, una conflictividad futura entre empresas y trabajadores”.

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