Sala de Prensa

26 julio, 2022

México implementa el nuevo “Permiso COVID 4.0” para trabajadores

Ante el reciente repunte de casos COVID-19, el Instituto Mexicano del Seguro Social instaura un nuevo permiso para que trabajadores sin contar con prueba positiva puedan obtener incapacidad laboral por coronavirus.

En respuesta a la nueva ola de contagios por caso COVID-19 y el aumento de forma crítica en hospitalizaciones y muertes, el Instituto Mexicano del Seguro Social (“IMSS”) ha tomado la importante decisión de reinstalar la incapacidad laboral por coronavirus. De este modo, el IMSS ha renovando su plataforma digital y ha implementado el nuevo “Permiso COVID 4.0”.

El Permiso COVID 4.0 podrá ser obtenido por los trabajadores derechohabientes a través de la plataforma digital del IMSS o bien mediante el uso de la aplicación móvil “IMSS Digital”. El IMSS busca con esta nueva implementación evitar que los trabajadores acudan a las clínicas para obtener dicha incapacidad y sea mucho más accesible el proceso.

A diferencia de su predecesor, el “Permiso COVID 3.0”, el nuevo Permiso COVID 4.0 ampara la ausencia de los trabajadores durante 5 días, lo cual son dos días menos de incapacidad otorgados. Además de la diferencia de días otorgados, el nuevo Permiso COVID 4.0 puede ser tramitado sin la necesidad de contar con una “prueba positiva”, una medida que amplía la obtención del permiso a los casos sospechosos sin confirmación diagnostica, pero sí con presentación de síntomas. Como cualquier incapacidad por enfermedad general expedida por el IMSS, el permiso incluye un subsidio del 60% del salario registrado a partir del cuarto día.

 

Procedimiento de obtención del Permiso COVID 4.0

Los trabajadores derechohabientes podrán tramitar el permiso mediante el sitio web del IMSS o bien mediante la aplicación móvil, para lo cual deberán ingresar su Número de Seguro Social (“NSS”), CURP y domicilio; una vez se llenen los campos requeridos se deberá de contestar un breve cuestionario sobre síntomas, enfermedades crónicas preexistentes, contacto con algún caso confirmado de COVID-19, si han enfermado previamente y el número de vacunas recibidas al momento.

Posteriormente, se deberá de confirmar si se cuenta con una prueba positiva, la cual no es obligatoria para la obtención del permiso. Finalmente, se deberá de proporcionar una dirección de correo electrónico al cual será enviado el comprobante y la CLABE interbancaria a 18 dígitos, donde se depositará el subsidio correspondiente.

Si bien la implementación de dicho permiso es una medida de seguridad para evitar un mayor número de contagios, el camino a seguir todavía se presenta un tanto incierto, por lo que los abogados de ECIJA México estaremos al pendiente de las nuevas actualizaciones en materia de seguridad social para brindar apoyo y asesoría legal.

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