Sala de Prensa

21 julio, 2021

El Comité Nacional de Salarios de la República Dominicana, en fecha 14 de julio de 2021, emitió la Resolución No. 01/2021 (la “Resolución”), mediante la cual revisa la anterior Resolución No. 22/2019 de fecha 9 de julio de 2019, así como la Resolución No. 05/2004 de fecha 12 de noviembre de 2004. En ese sentido, la Resolución, con efectividad al 16 de julio de 2021 y escalonada al 1ro de enero de 2022, fija el nuevo salario mínimo para los trabajadores del sector privado no sectorizado, para vigilantes de empresas de seguridad y trabajadores del campo, y establece nuevos parámetros de clasificación de las empresas. A saber:

De conformidad con la Resolución, aunque una empresa solamente cumpla con uno de los parámetros de clasificación (empleados y ventas brutas), de todas formas, aplicaría la clasificación superior para fines de determinar el salario mínimo. La Resolución no aplica a las empresas de los sectores de turismo, bares y restaurantes, zonas francas, construcción e industria azucarera.

 

Esperamos que esta información le sea de utilidad. Para cualquier consulta específica sobre este o cualquier otro asunto, quedamos a su entera disposición.